A Memorando de Entendimiento MoU describe un acuerdo bilateral o multilateral entre dos o más partes.
Expresa una convergencia de voluntades entre las partes, indicando una línea de actuación común pretendida.
Se puede utilizar un memorando de entendimiento (MOU) como confirmación de los términos acordados cuando un acuerdo oral no se ha reducido a un contrato formal. También puede ser un contrato utilizado para establecer los principios básicos y las pautas bajo las cuales las partes trabajarán juntas para lograr sus objetivos.
A menudo se usa en casos en los que las partes no implican un compromiso legal o en situaciones en las que las partes no pueden crear un acuerdo legalmente exigible.
Es una alternativa más formal a una hoja de términos.
Que un documento constituya un contrato vinculante depende únicamente de la presencia o ausencia de elementos jurídicos bien definidos en el texto propiamente dicho del documento, el llamado cuatro esquinas.
Los elementos requeridos son: oferta y aceptación, consideración y la intención de vincularse legalmente. ánimus contrahendi.
En los EE. UU., los detalles pueden diferir ligeramente dependiendo de si el contrato es por bienes (se rige por el Código Comercial Uniforme [UCC]) o por servicios (se rige por el derecho consuetudinario del estado).
Dentro de una empresa o agencia gubernamental
Muchas empresas y organismos gubernamentales utilizan los memorandos de entendimiento para definir una relación entre departamentos, organismos o empresas de capital cerrado.