En casi todas las jurisdicciones, un Trabajo hecho para contratar (trabajo por contrato o FMH) es una obra creada por un empleado o un subcontratista como parte de su trabajo, o algunos tipos limitados de obras donde todas las partes acuerdan por escrito la designación de la FMH.
En los Estados Unidos, trabajo por contrato es un término definido legalmente (17 USC § 101) y como en Suiza (art. 332 del Código de Obligaciones), por lo que una obra por contrato no se crea simplemente porque las partes de un acuerdo establecen que la obra es una obra por contrato.
Es una excepción a la regla general que la persona que realmente crea una obra es el autor legalmente reconocido de esa obra. De acuerdo con la ley de derechos de autor de los Estados Unidos y algunas otras jurisdicciones de derechos de autor, si una obra se "hace por contrato", el empleador, no el empleado o el subcontratista, se considera el autor legal.
En algunos países, esto se conoce como autoría corporativa. La entidad que actúa como empleador puede ser una corporación u otra entidad legal, una organización o un individuo.